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CONSULADO GENERAL DEL PERU EN NAGOYA
Aichi ken, Nagoya shi, Naka Ku, Sakae 2-2-23 Swan Nagoya Fushimi Bldg. 3piso
〒 460-0008. Teléfono 052-209-7851 / 052-209-7852. Fax052-209-7856

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X.-Habilitación de Inscripción Inconclusa
 

Documento Nacional de Identidad (DNI)


El Documento Nacional de Identidad (DNI) es un documento público, personal e intransferible. Constituye la única cédula de identidad personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado.

Constituye también el único título de derecho al sufragio de la persona a cuyo favor ha sido otorgado (Artículo 26º, Ley 26497 del RENIEC).

El Documento Nacional de Identidad (DNI), para surtir efectos legales, en los casos que corresponda, debe contener o estar acompañado de la constancia de sufragio en las últimas elecciones en las que se encuentra obligada a votar la persona o, en su defecto, la correspondiente dispensa de no haber sufragado. En todo caso, queda a salvo el valor identificatorio del Documento Nacional de Identidad (DNI), (Articulo 29º, Ley 26497 del RENIEC).

El Documento Nacional de Identidad "DNI" es obligatorio para los ciudadanos peruanos que cumplen su mayoría de edad (18 años) y debe ser renovado cada ocho años.

El Documento Nacional de Identidad (DNI) emitido con posterioridad a la fecha en que sus titulares cumplieron 60 años, tienen vigencia INDEFINIDA.

Para aquellas personas que pasan a la situación de Retiro como miembros de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional, para la obtención del DNI, sólo es exigible la copia autenticada por fedatario castrense o copia simple de la Resolución de baja o retiro. Tratándose del personal militar o policial en actividad o disponibilidad sólo es exigible original y copia del respectivo Carnet de Identidad.

Se recuerda a los señores Oficiales de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en situación de actividad, disponibilidad o retiro, que el único documento valido de identidad es el Documento Nacional de Identidad (DNI)

RECORDAR que todo tipo de trámite relacionado al DNI vendrá acompañado de una ficha de tramite, la cual deberá ser conservada a fin de poder recoger su DNI y  conocer el estado en que se encuentra su trámite ingresando a la página en el Internet de la RENIEC, haciendo clic Aqui. Se abrirá una ventana "Consulta de estado del Tramite".

A partir de allí, usted tiene dos opciones,  "Inscripción" y "Duplicado o Rectificación".

Si su trámite es para obtener el DNI por primera vez, deberá ingresar el número de Ficha Registral que figura en el talón desglosable que se le entregó en el Consulado cuando inició el trámite.

Si su trámite es para Duplicado o Rectificación de su Documento Nacional de Identidad (DNI) deberá ingresar además del número de Ficha Registral, su número de DNI.

En el talón desglosable, el número de Ficha Registral se encuentra debajo del código de barras.

Recuerde que para retirar su Documento Nacional de Identidad (DNI) del Consulado General, debe presentar el desglosable de la Ficha Registral que se le entregó en el Consulado General cuando usted inició el trámite.

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I.- Inscripción Regular: a los que cumplen 18 años:

1.Estar inscrito(a) en el Registro de ,Nacionales del Consulado. En su defecto, deberá proceder a inscribirse en ese momento.
2.Completar la Solicitud para la obtención del DNI.
3.Adjuntar la Partida de Nacimiento legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú (la partida debe tener un año de antigüedad como máximo; en el caso de los nacidos en Japón presentar copia expedida por el Consulado).
4.Tres (3) fotografías a colores tamaño pasaporte 4,0x4,5 cm.; con fondo blanco.

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II .-Inscripción Extemporánea:


PARA LOS MAYORES DE 20 AÑOS QUE NO TIENEN DNI Y PARA AQUELLOS QUE NUNCA OBTUVIERON LA LIBRETA ELECTORAL DE 08 DÍGITOS.
1.Estar inscrito(a) en el Registro de Nacionales del Consulado. En su defecto, deberá proceder a inscribirse en ese momento.
2.Completar la Solicitud para la obtención del DNI.
3.Adjuntar la Partida de Nacimiento o la Partida de Bautismo (sólo si nació antes de 1936) legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú (la partida debe tener un año de antigüedad como máximo; en el caso de los nacidos en Japón presentar copia expedida por el Consulado).
4.Adjuntar la Libreta Electoral color verde de 07 dígitos, si la tuviera, en original o fotocopia por los dos lados, en papel bond tamaño A4 sin recortar.
5.Presentar la Libreta Militar en original y fotocopia por los dos lados en papel bond tamaño A4 sin recortar (opcional).
6.Tres (3) fotografías a colores tamaño pasaporte 4,0x4,5 cm.; con fondo blanco. 1

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III.- Canje de Libreta Electoral de 08 dígitos por el DNI:

 

ESTE TRAMITE ES PARA AQUELLOS CIUDADANOS QUE AUN POSEEN SU LIBRETA ELECTORAL
1.Estar inscrito(a) en el Registro de Nacionales del Consulado. En su defecto, deberá proceder a inscribirse en ese momento.
2.Completar la Solicitud para la obtención del DNI.
3.Presentar la Libreta Electoral de 08 dígitos en original y fotocopia por los dos lados en papel bond tamaño A4 sin recortar.
4.Presentar la Libreta Militar en original y fotocopia por los dos lados, en papel bond tamaño A4 sin recortar (opcional).
5.Tres (3) fotografías a colores tamaño pasaporte 4,0x4,5 cm; con fondo blanco.

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IV Renovación por Caducidad del DNI


ESTE TRÁMITE SE DEBE REALIZAR CADA 6 AÑOS. PROCEDE DESDE LOS 60 DÍAS PREVIOS A LA FECHA DE CADUCIDAD DEL DNI, DEBIENDO ACTUALIZAR DATOS, IMAGEN Y DOMICILIO OBLIGATORIAMENTE.
1.Estar inscrito(a) en el Registro de Nacionales del Consulado. En su defecto, deberá proceder a inscribirse en ese momento.
2.Completar la Solicitud para la obtención (renovación) del DNI.
3.Presentar su DNI caducado en original y fotocopia por los dos lados, en papel bond tamaño A4 sin recortar.
4.Tres (3) fotografías a colores tamaño pasaporte 4,0x4,5 cm.; con fondo blanco actualizada.

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V .- Rectificación:

ESTE TRAMITE SE REALIZA PARA LA RECTIFICACIÓN DE PRENOMBRES, APELLIDOS Y OTROS DATOS, TALES COMO EL NÚMERO DE INSCRIPCIÓN MILITAR, EL ESTADO CIVIL, LA DECISIÓN DE DONAR ÓRGANOS Y TEJIDOS, EL GRADO DE INSTRUCCIÓN, EL DOMICILIO O LA ESTATURA.

1.Estar inscrito(a) en el Registro de Nacionales del Consulado. En su defecto, deberá proceder a inscribirse en ese momento.
2.Completar la Solicitud para la obtención del DNI.
3.Presentar su DNI caducado en original y fotocopia por los dos lados, en papel bond tamaño A4 sin recortar.
4.Una (1) fotografía a colores tamaño pasaporte 4,0x4,5 cm.; con fondo blanco actualizada, para el formulario del Registro de Nacionales.

DATOS A RECTIFICAR

DOCUMENTO DE SUSTENTO

Domicilio

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Nombres, apellidos, lugar de nacimiento y fecha de nacimiento

Partida de Nacimiento Original.

Soltero a Casado

Partida de Matrimonio Original (peruana)

Casado a Divorciado

Partida de Matrimonio Original (peruana) con la anotación marginal de divorcio.

Casado a Viudo

Partida de Matrimonio Original (peruana) y Acta de Defunción Original (peruana).


5.Cambio de: Estado Civil: En el caso de cambio de estado civil, para demostrarlo, deberá acompañar la Partida de Matrimonio, la Partida de Matrimonio con la anotación marginal de divorcio o la partida de defunción del cónyuge, de ser el caso (legalizada por el Ministerio Relaciones Exteriores del Perú. La partida debe tener tres meses de antigüedad como máximo. Para los casados en Japón una copia expedida por el Consulado General).
Otros: Adjuntar documento que certifique el hecho que amerita la rectificación.

En el caso que la Partida de Matrimonio o Defunción no sea peruana, ver la sección de Registros de Estado Civil (Clic)

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VI .- Duplicado:

ESTE TRÁMITE ES PARA CIUDADANOS QUE POR DETERIORO, EXTRAVÍO, DESTRUCCIÓN O ROBO, NECESITAN OBTENER UNA REPLICA DE SU DNI.
1.
Estar inscrito(a) en el Registro de Nacionales del Consulado. En su defecto, deberá proceder a inscribirse en ese momento.
2.
Completar la Solicitud para la obtención del DNI.
3.
Presentar su DNI caducado en original y fotocopia por los dos lados, en papel bond tamaño A4 sin recortar.
4. Una (1) fotografía a colores tamaño pasaporte 4,0x4,5 cm.; con fondo blanco actualizada, para el formulario del Registro de Nacionales.
NOTA: El duplicado es una réplica del documento anterior, si se realiza algún cambio en los datos, el trámite será considerado como una rectificación.

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VII .- Habilitación::


ESTE TRAMITE ES PARA AQUELLOS MIEMBROS DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU QUE SE ENCUENTREN EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD, DISPONIBILDAD O RETIRO (BAJA).
1.Estar inscrito(a) en el Registro de Nacionales del Consulado. En su defecto, deberá proceder a inscribirse en ese momento.
2.Completar la Solicitud para la obtención del DNI.
3.Adjuntar la Partida de Nacimiento legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú (la partida debe tener un año de antigüedad como máximo; en el caso de los nacidos en Japón presentar copia expedida por el Consulado).
4.Constancia de Situación de Actividad, Disponibilidad o Retiro (Baja), expedida por el Jefe de la Unidad de la dependencia que corresponda o copia certificada por el fedatario de la institución castrense o policial (legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú).
5.Carné de Identidad en original y fotocopia o constancia emitida por la dependencia en la que prestó servicios.
6.Tres (3) fotografías a colores tamaño pasaporte 4,0x4,5 cm.; con fondo blanco.
7.Resolución de Baja (RETIRO) en original y fotocopia (legalizada por el Ministerio Relaciones Exteriores del Perú).

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VIII.- Habilitación por Inscripción Excluida Temporalmente del Padrón Electoral por Sentencia con Pena Privativa de la Libertad.


ESTE TRAMITE SE REALIZA UNA VEZ QUE EL (LA) CIUDADANO(A) SE ENCUENTRA EN LIBERTAD Y EXCLUIDO(A) EN EL REGISTRO UNICO DE LAS
PERSONAS NATURALES.
1.Estar inscrito(a) en el Registro de Nacionales del Consulado. En su defecto, deberá proceder a inscribirse en ese momento.
2.Completar la Solicitud para la obtención del DNI.
3.Tres (3) fotografías a colores tamaño pasaporte 4,0x4,5 cm.; con fondo blanco.
4.Copia certificada (legalizada) de la Constancia de Excarcelación, semilibertad y/o libertad condicional del Instituto Nacional Penitenciario.

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IX.- Habilitación por Reconocimiento de Existencia:

ESTE TRAMITE SE REALIZA CUANDO SE RECONOCE JUDICIALMENTE LA EXISTENCIA DE LA PERSONA QUE FUE DECLARADA PRESUNTAMENTE MUERTA.
1.Estar inscrito(a) en el Registro de Nacionales del Consulado. En su defecto, deberá proceder a inscribirse en ese momento.
2.Completar la Solicitud para la obtención del DNI.
3.Tres (3) fotografías a colores tamaño pasaporte 4,0x4,5 cm.; con fondo blanco.
4.Presentar el Acta de Defunción con la anotación textual de reconocimiento de existencia, que deja sin efecto el asiento de defunción, emitido por el Registro de Estado Civil.
5.Copia certificada (legalizada) de resolución judicial de reconocimiento de existencia.

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X.- Habilitación de Inscripción Inconclusa:

ESTE TRAMITE SE REALIZA CUANDO EL CIUDADANO NO EFECTUO OPORTUNAMENTE SU CAMBIO DOMICILIARIO O RECTIFICACIÓN DE NOMBRES Y/O APELLIDOS, Y SIEMPRE QUE SU INSCRIPCIÓN ORIGINARIA SE ENCUENTRE EXCLUIDA EN EL REGISTRO UNICO DE IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS NATURALES.
1.Estar inscrito(a) en el Registro de Nacionales del Consulado. En su defecto, deberá proceder a inscribirse en ese momento.
2.Completar la Solicitud para la obtención del DNI.
3.Tres (3) fotografías a colores tamaño pasaporte 4,0x4,5 cm.; con fondo blanco.
4.Presentar el original de la resolución o memorando autoritativos para la reinscripción o Declaración Jurada de No Haber Concluido el Trámite de Cambio Domiciliario o Rectificación de Nombre.

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XI.-Trámite de DNI para Menores de Edad

DEL TITULAR DE TRÁMITE Y DEL DECLARANTE

–    El titular del trámite es el menor de edad, quien quedará inscrito en el Registro Único de las Personas Naturales. El trámite debe ser efectuado por un Declarante, siendo éste el representante legal del menor, es decir, el padre, la madre o el tutor designado judicialmente.

REQUISITOS

  •  Formulario (Ficha Registral del Menor de Edad), el mismo que tiene el carácter de Declaración Jurada, proporcionado por el Consulado en el momento del registro.
  • Partida de Nacimiento Original, acompañada de una copia simple que puede ser fedatada gratuitamente en el Consulado General.
  • Original del Documento de Identidad del declarante, quien acredite la tenencia del menor.

DE LA ENTREGA DEL DNI A MENORES DE EDAD

La entrega del DNI del Menor de Edad se realizará al Declarante, o a quien éste designe con una Carta Poder simple, más la ficha de trámite

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XII.-Del Sufragio:

Del Sufragio:

Para efectos del sufragio el ciudadano votará con su Documento Nacional de Identidad (DNI).

DISPENSA DE SUFRAGIO

Procede sólo en los siguientes casos:

Los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero que, por razones de salud o causa de fuerza mayor, no pueden justificadamente emitir su voto, deben solicitar al Jurado Nacional de Elecciones, a través de la Oficina Consular una dispensa de sufragio (Art 241º, Ley 26859 del JNE).


Omisos al Sufragio:

  • Los ciudadanos peruanos que se encuentran en el extranjero y que no han cumplido con realizar su cambio domiciliario están obligados a votar en las Elecciones Municipales o al pago de la multa correspondiente (Art. 240º Ley 26859 del JNE) y los ciudadanos peruanos que han cumplido con realizar su cambio domiciliario están imposibilitados de votar en las Elecciones Municipales, por lo que no están afectos al pago de multa alguna al sufragio municipal (Resolución del Jurado Nacional de Elecciones Nº 470-98-JNE, de 24-07-98).

  • Aquellos ciudadanos peruanos que viviendo en el extranjero y se encuentran de paso en el Perú, cuyos documentos de identidad correspondan al domicilio del Perú, abonarán la multa correspondiente y presentarán ante el Jurado Nacional de Elecciones su documento de identidad con el recibo de pago, a fin de que se le adhiera el holograma correspondiente (Of.2056-98-P/JNE de 23-10-98).

  • Aquellos ciudadanos peruanos que viviendo en el extranjero y cuyos documentos de identidad correspondan al domicilio del Perú, abonarán la multa correspondiente en la misión consular de su jurisdicción, la misma que deberá entregarle un recibo de pago que podrá ser canjeado en el Jurado Nacional de Elecciones o la oficina consular le hará entrega del holograma directamente a fin de que se adherido en su documento de identidad (Of.2056-98-P/JNE de 23-10-98).

  • Aquellos ciudadanos peruanos cuyos documentos de identidad correspondan al domicilio del extranjero por inscripción y/o cambio domiciliario están imposibilitados de votar en Elecciones Municipales y, por tanto, no están obligados al pago de multa alguna (Of.2056-98-P/JNE de 23-10-98).

  • Aquellos ciudadanos peruanos que ya cuentan con el Documento Nacional de Identidad (DNI) por cambio domiciliario realizado en el exterior, no abonarán la multa por omisión a la votación por tratarse de elecciones municipales (Of.2056-98-P/JNE de 23-10-98).

  • Los mayores de 70 (setenta años) de edad no están obligados a sufragar en comicios electorales

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- Consulado General del Perú en Nagoya.